Instruccíón sobre los desplazamientos durante el estado de alarma de personas con TEA y conductas disruptivas.

Aquí os dejamos la Instrucción de 19 de marzo de 2020, del Ministerio de Sanidad, por la que se establecen criterios interpretativos para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
En ella, se contempla la posibilidad de desplazamiento de colectivos vulnerables como personas con TEA y conductas disruptivas.
Hay que tener en cuenta:
✅un solo acompañante
✅cuando sean imprescindibles
✅llevar certificado de discapacidad.

Esperamos que sea de vuestro interés.


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