Medidas preventivas del EOEP Cáceres 1 en los centros educativos de su sector

 

MEDIDAS PREVENTIVAS

DEL EOEP CÁCERES 1

EN LOS CENTROS EDUCATIVOS

DE SU SECTOR

 



En base al Protocolo de nueva realidad educativa, publicado el 1 de septiembre, actualización del publicado con fecha 31 de julio de 2020, en el que se recogen las medidas preventivas específicas relativas a la COVID 19 a aplicar en los centros educativos y de apoyo a la enseñanza durante el curso  2020/21, y sin  medidas específicas para los servicios de orientación, el EOEP Cáceres 1 concreta las medidas   preventivas generales a adoptar en el desempeño de sus funciones en los centros de su Sector.

1.- Con carácter general, y siendo conscientes de las dificultades de espacio que este curso nos podemos encontrar en muchos centros educativos, especialmente del entorno urbano, el EOEP dispondrá, para el desempeño de sus funciones en el centro el día o los días de atención al mismo, de un espacio propio en el que se pueda mantener la distancia mínima interpersonal recogida en el Protocolo de Nueva Realidad Educativa, y en el que se disponga de solución hidroalcohólica, papelera provista de bolsa y tapa (preferentemente accionada con pedal), limpiador desinfectante, papel desechable y mampara de separación.

 

2.- A la entrada del despacho del EOEP se procederá siempre a la desinfección de manos con gel hidroalcohólico, por parte de las personas que acudan a él, tratando de mantenerse en todo momento la distancia mínima interpersonal y haciendo uso de la mascarilla salvo en los casos en los que esta no es obligatoria.

 

3.- Teniendo en cuenta que la ventilación de los espacios cerrados con aire exterior disminuye considerablemente el riesgo de contagio de la COVID-19, el espacio o dependencia asignado al EOEP debe tener, en la medida de lo posible, ventilación permanente con aire exterior. No obstante, para conseguir una ventilación óptima, se procederá a abrir durante al menos 5 minutos cada hora, ventanas y puertas, siempre que se termine una valoración psicopedagógica y se inicie otra, y tras la finalización de una entrevista o reunión familiar o con docentes.

 

4.- Para poder llevar a cabo la ventilación óptima recomendada y de la que se habla en el apartado anterior, con carácter general, se procurará que las sesiones de evaluación psicopedagógica con alumno/as o reuniones no excedan de la hora. Además, tras la finalización de la misma, y antes de iniciar otra valoración o cualquier otra tarea en el despacho, se procederá a la desinfección del espacio y de todas aquellas superficies y objetos que hayan podido ser manipulados, mediante el limpiador desinfectante y papel desechable.

 

5.- Siempre que sea posible por cuestiones de confidencialidad, se mantendrá la puerta de la dependencia o despacho habilitado para el EOEP abierta, para favorecer la ventilación y evitar la manipulación de mecanismos de apertura de puertas.

 

6.- Se restringirá todo lo posible el acceso de las familias al centro, reduciéndose al mínimo imprescindible las reuniones o entrevistas familiares presenciales en el centro educativo, realizándose las mismas, con carácter preferente, de forma telemática. No obstante, cuando esto no sea posible, las familias serán atendidas por el EOEP sólo con cita previa, siguiendo para el acceso al centro las medidas recogidas en el Plan de Contingencia del mismo. En la medida de lo posible, y salvo en circunstancias excepcionales, a las reuniones o entrevistas familiares sólo acudirá una persona

 

7.- Ya que los objetos compartidos pueden actuar como vectores de trasmisión, los útiles y materiales de trabajo (lápices,bolígrafos…) serán individuales, estando provisto el despacho del EOEP de los mismos para el uso de las familias cuando estas tengan que firmar documentos. Si fuera necesario compartir en algún momento este material, se llevará a cabo la pauta de higiene de manos antes y después de su utilización con solución hidroalcohólica. Asimismo, se procederá a su limpieza y desinfección de forma frecuente.

 

8.- Para las valoraciones psicopedagógicas se primará la utilización de pruebas digitalizadas; no obstante, cuando no sea posible la utilización de las mismas y haya que utilizar pruebas con materiales manipulativos, se llevará a cabo la pauta de higiene de manos antes y después de su utilización con solución hidroalcohólica. Asimismo, se procederá a su limpieza y desinfección de forma frecuente.

 

9.- Para las evaluaciones psicopedagógicas del alumnado de 3-6 años, para aquel otro alumnado con algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria y para aquel que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización, en el que el uso de la mascarilla es recomendable pero no obligatorio, el EOEP utilizará mascarilla autofiltrante FFP2 (sin válvula de exhalación). Además, si no se puede mantener una distancia interpersonal de 1,5 metros, que seguramente no se pueda guardar, adicionalmente a la mascarilla se usará pantalla facial.

 

10.- Para minimizar riesgos se procurará reducir, al mínimo imprescindible, la documentación en formato papel a utilizar. Para ello, los documentos que se entregan a tutores o cualquier docente del centro (NCC, E-A, orientaciones determinadas, materiales diversos…) estarán digitalizados y se enviarán de manera online. Cuando se trate de documentos a cumplimentar por los tutores o cualquier otro docente, que tengan que ser devueltos al EOEP, se procederá a enviarlas al EOEP de la misma manera.

 

11.- Pese a la importancia que los programas globales realizados por el EOEP en algunos centros tienen, durante este curso, por la particularidad del mismo y siguiendo las recomendaciones sanitarias dadas, para tratar de reducir al mínimo imprescindible el personal que accede a los grupos estables definidos, estos no serán llevados a cabo por los profesionales del EOEP. No obstante, se asesorará a los tutores/as para su puesta en práctica por los mismos si estos estuvieran interesados.

 

12.- Por último, se limitará la evaluación psicopedagógica solo y exclusivamente al alumnado que haya agotado las medidas ordinarias de atención a la diversidad. Este es un criterio definido ya en el Decreto de Atención a la Diversidad de Extremadura, que no siempre se llevaba a cabo en los centros educativos.

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